¿Qué es un Informe Sombra?
El informe sombra es una herramienta jurídica aceptada por los diferentes órganos internacionales de derechos humanos, que permite a la sociedad civil informar de manera independiente sobre el nivel de cumplimiento del Estado Parte de los tratados de derechos humanos que haya firmado y comprometido.
Esto constituye un medio para monitorear y contrastar los informes oficiales presentados por los Estados Partes al Comité y a la vez una forma de promover la participación ciudadana en la vigilancia del cumplimiento de compromisos sobre derechos humanos adquiridos por el Estado.
El Taller de Comunicación Mujer, valiéndose de esta herramienta y como un ejercicio práctico de sus acciones políticas a nivel internacional, ha presentado Informes Sombra a dos diferentes tratados internacionales de derechos humanos: a la Cedaw (2008) y al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (2009).
En ambos casos se pretende visualizar y denunciar la internación arbitraria de mujeres lesbianas y trans a clínicas de rehabilitación de drogodependencia, donde se ofrece “deshomosexualizarlas”. Por un lado se diagnostica a la “homosexualidad y transexualidad” como patología que requiere de una “psicoterapia” para afectar su identidad sexual y volverla a la “normalidad”. Y por otro utilizando estas supuestas “terapias” que basan sus fundamentos terapéuticos en actos de tortura, en tratos crueles e inhumanos, y más actividades. En ambos casos violentando y vulnerando los derechos humanos de las mujeres lesbianas y trans.
1. Convención de las Naciones Unidas para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), que es el más importante instrumento internacional sobre los derechos humanos de las mujeres. Presentado en la sesión No. 42 del 20 de octubre al 7 de noviembre del 2008.
Versión en español:
http://www.iglhrc.org/binary-data/ATTACHMENT/file/000/000/88-1.pdf
Versión en Ingés:
http://www2.ohchr.org/english/bodies/cedaw/docs/ngos/Womens_Communication_Workshop_Ecuador42.pdf
Un pequeño extracto del informe, página No. 3:
Esto se refleja por ejemplo, en el hecho de que, a pesar de que el Ecuador es signatario de la Convención Contra la Tortura, las mujeres transexuales, travestis, y lesbianas, han sido víctimas de encierros forzados y torturas en clínicas “rehabilitación” [1]. Este tipo de casos comienzan a documentarse a partir del año 2005 a través del Tribunal Regional por los Derechos Económicos Sociales y Culturales [2]. Estos dieron cuenta de que la sola defensa de derechos civiles no proporciona a las mujeres lesbianas un espacio suficiente en el que vivir su opción sexual. Allí se produce por primera vez una presencia política pública de mujeres lesbianas, en contra una tradición histórica de invisibilidad [3] (Taller de Comunicación Mujer, 2005). Tales casos también fueron presentados ante los medios de comunicación [4], registrados por la prensa y presentadas como acciones de vigilancia [5]. También se ha recomendado al Estado que investigue estas prácticas [6]. La ausencia de respuesta por parte del Estado, ante actos de violencia, hacen visible la desprotección de personas LGBTTI, y de manera particular, de las mujeres lesbianas, travestis, transexuales y transgéneros, pues no se toman las medidas necesarias administrativas y legales a fin de que estas clínicas sean clausuradas y para que los responsables de estos secuestros y torturas puedan ser enjuiciados penalmente. Aún más el Ministerio de Salud y CONSEP (Consejo Nacional de Sustancias Psicotrópicas y Estupefacientes conocen de estas irregularidades pero no dan una respuesta adecuada y se mantienen indiferentes [7].
[1] En este documento, nos interesa señalar que la comunidad trans y las mujeres lesbianas tienen en común un tipo específico de violencia, relacionado con el encierro en clínicas de “deshomosexualización” que tienen como objetivo transformar la identidad sexual y están ubicadas y legitimadas Quito y Guayaquil de hecho a partir del año 2001, Ver informe del Taller de Comunicación Mujer (2007).
[2] Los casos de internamiento forzado a mujeres lesbianas, son los que se presenten en este Tribunal Regional, en Quito-Ecuador y Lima-Perú.
[3] Cordero T: 2005, Tribunal regional de los derechos económicos sociales y culturales de las mujeres. Casos por discriminación a mujeres lesbianas en el Ecuador
[4] por Causana
[5] ante la defensoría del pueblo (CLADEM-Ecuador-Causana)
[6] En la primera sesión del EPU interrogó al país sobre incidentes de torturas y abusos contra las minorías sexuales.
[7] Ver Varea S: 2007, “Encierro y Tortura a Mujeres Lesbianas”, Taller de Comunicación Mujer
Las observaciones finales del Comité que respectan a nuestra denuncia dice:
Observando la prohibición de la discriminación contra las minorías sexuales a que hace referencia el párrafo 2 del artículo 11 de la nueva Constitución del Ecuador, aprobada el 29 de septiembre de 2008, preocupan al Comité los informes de discriminación contra la mujer en este ámbito.
El Comité recomienda al Estado parte que vele por la investigación de esos casos y adopte las medidas correctivas necesarias con arreglo a la Constitución.
El próximo informe periódico combinado el octavo y noveno ha sido invitado el Ecuador para hacerlo en el 2012.
2. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. El Comité de Derechos Humanos, es el órgano de expertos independientes que supervisa su aplicación por parte de los Estados Partes. Fue presentado en la sesión No. 97 del 12 al 30 de octubre del 2009 y lo puede ver en:
Versión en español:
http://www2.ohchr.org/english/bodies/hrc/docs/ngos/TCM_Ecuador97_sp.pdf
Extracto de la página No. 6:
A pesar de los avances en derechos humanos a nivel internacional [1] en la nueva constitución política del Ecuador y la tipificación de los delitos de odio en el Código Penal, continúa la violación de derechos a mujeres lesbianas. Los casos de tortura en centros privados de “rehabilitación” para deshomosexualizar a las mujeres son recurrentes desde el año 2002 [2]. Sobre esta situación se interrogó al Estado ecuatoriano en la primera sesión del Examen Periódico Universal (EPU) [3]. El Estado ecuatoriano aceptó las observaciones que se le hicieran en este marco y se comprometió a investigar y a garantizar los derechos de las personas lgbti consagrados en la nueva Constitución. Sin embargo, al momento actual los discrímenes, malos tratos y tortura a mujeres lesbianas y trans se mantienen, afectando su “buen vivir” [4].
[1]En el ámbito regional existen algunos antecedentes en los cuales se comienza a visibilizar y a denunciar la situación de las mujeres lesbianas y transgénero. Uno de los más relevantes ha sido la histórica resolución de la OEA (AG/RES-2435 (XXXVIII-O/08)), denominada “Derechos Humanos, Orientación Sexual e Identidad de Género”, en la cual los conceptos de orientación sexual e identidad de género constan en un documento consensuado por los 34 países de las Américas. Dicho texto reconoce la grave situación de violaciones a los Derechos Humanos que enfrentan las personas en virtud de su orientación sexual e identidad de género. Estos logros son resultado de un proceso colectivo de trabajo iniciado a fines de 2006 por Global Rights, Mulabi, Espacio Latinoamericano de Sexualidades y Derechos y IGLHRC-Sección América Latina, el cual busca fortalecer la participación del movimiento regional LGBTTI como sociedad civil en los trabajos de la OEA
[2] Taller de Comunicación Mujer, Tribunal por los Derechos Económicos, sociales y culturales, 2003-2005
[3] Nuevo mecanismo para analizar la situación de derechos humanos en todos los Estados miembros del Consejo de Naciones Unidas. Esté examen se lo realizará a cada país, cada cuatro años.
[4] Concepto indígena incluido en la nueva constitución como paradigma de dignidad y sustento de la concepción de los derechos humanos. y de su integralidad
Las observaciones finales del comité de Derechos Humanos fueron presentadas en rueda de prensa el 30 de octubre del 2009:
Si bien el Comité observa la prohibición de la discriminación contra las minorías sexuales de conformidad con el párrafo 2 del artículo 11 de la nueva Constitución, preocupan al Comité el hecho de que las mujeres transexuales hayan sido internadas en clínicas privadas o centros de rehabilitación para ser sometidas a los denominados tratamientos de reorientación sexual. Asimismo, lamenta profundamente que dichas personas hayan sido víctimas de encierros forzados y malos tratos en clínicas de rehabilitación en la ciudad de Portoviejo en junio de 2009 (artículos 2 y 7).
El Estado parte debe tomar medidas para prevenir, proteger y garantizar que ninguna persona con distinta orientación sexual sea internada en clínicas privadas o centros de rehabilitación para ser sometida a los denominados tratamientos de reorientación sexual. El Comité recomienda al Estado parte que proceda a la investigación de los presuntos encierros y torturas y adopte las medidas correctivas necesarias con arreglo a la Constitución.
El próximo informe ha de presentar el 30 de octubre de 2013 a más tardar.
Sobre estas Observaciones Finales, el Taller de Comunicación Mujer ha solicitado al Comité que realice las correcciones del caso, y que incluya “….mujeres lesbianas y transexuales…”
Se puede ver que esta noticia salió en la prensa nacional de mayor circulación del país:
http://www.eluniverso.com/2009/10/30/1/1382/onu-pide-ecuador-medidas-frenar-violencia-contra-mujeres.html?p=1427&m=1200
http://ww1.elcomercio.com/noticiaEC.asp?id_noticia=313547&id_seccion=8
http://www.eltiempo.com.ec/noticias-cuenca/26988-onu-pide-a-ecuador-investigue-violencia-y-agresiones-sexuales-contra-mujeres/
http://www.elmercurio.com.ec/219931-la-onu-pide-a-ecuador-medidas-para-frenar-la-violencia-contra-las-mujeres.html
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